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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309409
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 103
ALLANAMIENTO DE MORADA, COMPROBACION DEL CUERPO DEL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 103
Si el acusado confiesa que, en busca de su amasia se introdujo a la habitación que ocupaba la ofendida, encontrándola dormida, está comprobado el cuerpo del delito de allanamiento de morada, en los términos del artículo 347 del Código Penal, vigente en el Estado de Oaxaca; sin que obste en contra, la alegación del acusado sobre que tenía libre acceso a la finca, por ser un prostíbulo, ya que, aun probada esta circunstancia, ese hecho no capacitaba al acusado para entrar a dicho lugar sin autorización de las personas que lo habitaban; y la sentencia condenatoria dictada en tales condiciones, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo 7052/39. Carreño López Antonio. 9 de enero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.