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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309415
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 218
MIEDO GRAVE, EXCULPANTE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 218
Para que exista la exculpante de miedo grave, se requiere que la causa determinante de la emoción de miedo, revista tal gravedad e inminencia, que haga perder al agente la conciencia de sus actos y el control de su voluntad, dados el tiempo transcurrido entre la amenaza de muerte proferida y el momento y ocasión de que se valió el inculpado, para cometer la infracción, si en ese lapso estuvo en posibilidad física de obrar sin violar la ley.
Precedentes
Amparo penal directo 3844/39. Ortiz Castellanos Antonio. 12 de enero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.