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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309421
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 387
AUDIENCIA EN EL AMPARO, OBJETO DEL APLAZAMIENTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 387
Cuando se prorroga la audiencia en el amparo, sólo tiene por objeto que se realicen los fines que motivaron la prórroga o aplazamiento y, por tanto, la aceptación de pruebas que no se ofrecieron en el plazo legal anterior a la primera audiencia, es contraria a derecho, así como la aceptación de pruebas que ya habían sido rechazadas para la primera audiencia.
Precedentes
Queja en amparo civil 501/39. López Cancino Jesús Alfonso. 15 de enero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.