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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309475
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1396
REPARACION DEL DAÑO, ESTIMACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 1396
Si el ofendido por el delito de daño en propiedad ajena estimó el valor de los objetos destruidos en determinada cantidad, y fueron valorados pericialmente en una suma mayor de aquélla, debe tomarse para la sanción correspondiente a la reparación del daño, la suma fijada por el ofendido.
Precedentes
Amparo penal directo 8692/39. Hernández Pérez Jesús. 7 de febrero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Caballero. La publicación no menciona el nombre del ponente.