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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309546
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3482
CULPABILIDAD DUDOSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIII; Pág. 3482
Si los testigos de cargo incurrieron en contradicciones sustanciales al pretender señalar al autor del delito de homicidio; las diligencias de confrontación dejaron de tener toda la eficacia legal que les correspondía, por la irregularidad de haberse mostrado a los testigos las fotografías del acusado, en los momentos en que estaban poseídos del horror que les causó la tragedia; y los testigos de descargo en cierta forma estuvieron reforzados con elementos extraños, se trata de un caso de duda, que, conforme al artículo 247 del Código de Procedimientos Penales vigente en el Distrito Federal, debió ser resuelto en el sentido de la absolución; y es violatoria de garantías la sentencia condenatoria de segunda instancia.
Precedentes
Amparo penal directo 2691/39. Pliego Albarrán Leopoldo. 16 de marzo de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente.