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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309582
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 650
PROCESOS, PRUEBAS EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 650
El hecho de que las diligencias mediante las cuales se comprobó la existencia del delito, no hayan sido solicitadas por el Ministerio Público, no les resta valor probatorio, si el representante de la institución, con anterioridad, había consignado los hechos a la autoridad judicial y había ejercitado la acción penal en contra del acusado.
Precedentes
Amparo penal directo 5555/39. Bolaños Ramón. 13 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.