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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1950
OFENDIDO, VALOR DE LA DECLARACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 1950
La declaración del ofendido no puede ser inhábil, toda vez, que un sentimiento instintivo induce al hombre a designar para su castigo, a la persona que le ha causado algún mal a él o a sus allegados.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 5921/39. García Modesto y coagraviados. 8 de noviembre de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.