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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309667
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2501
MULTAS IMPUESTAS POR AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, COMPETENCIA DE LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE, PARA CONOCER, EN REVISION, DE AMPARO CONTRA ESAS MULTAS, CONMUTABLES POR ARRESTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXII; Pág. 2501
Cuando se trata de multas impuestas por la autoridad administrativa, conmutables por arrestos, este acto tiende afectar la libertad personal, mediante una medida que no implica una corrección disciplinaria, ni medio de apremio impuesto fuera de procedimiento penal, sino una sanción pecuniaria, conmutable por arresto, como consecuencia de infracción de leyes administrativas prohibitivas; en estos casos, la competencia corresponde, por razón de la materia, a la Primera Sala de la Suprema Corte, para conocer, en revisión, de los fallos de los Jueces de Distrito, con arreglo a los artículos 48 de la Ley de Amparo y 24, fracción I, en relación con el 41, fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Amparo penal en revisión 654/39. Rodríguez Zaragoza y coagraviado. 17 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.