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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309733
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 796
CORRUPCION DE MENORES, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 796
El artículo 202 del Código Penal vigente en el Distrito Federal, prohibe emplear a menores de dieciocho años en cantinas, tabernas y centros de vicio, y castiga a los que contravengan esa prohibición con una pena de tres días a un año de prisión, y, por tanto, existe ese delito si el acusado tenía empleado a un menor de esa edad, en una cantina de su propiedad.
Precedentes
Amparo penal directo 2935/39. Morán Fernández Manuel. 15 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro José Ortiz Tirado no asistió a la sesión por el motivo expresado en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.