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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1200
ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 1200
Si el acusado se encuentra disfrutando de libertad baja caución, y el proceso está sub judice, no puede transcurrir el tiempo que legalmente extinga el ejercicio de la acción penal; y en caso de haber existido morosidad en la secuela del proceso, tal circunstancia nunca puede ser causa para que se declare prescrita la citada acción.
Precedentes
Amparo penal directo 1409/39. Siem Luis. 25 de julio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.