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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309785
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2859
ALEVOSIA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 2859
No puede tenerse como demostrada la existencia de la calificativa de alevosía, si un grupo de defensa rural marca el alto, frente a frente, a las personas que resultaron muertas, y al no ser obedecido y dar por contestación insultos a sus voces, los individuos de la propia defensa dispararon sus armas.
Precedentes
Amparo penal directo 2226/39. Guerrero Torres Teodoro y coagraviados. 18 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.