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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309811
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3784
PECULADO, PRUEBA DEL ELEMENTO DOLO EN EL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3784
En el peculado, el dolo siempre se integra por la intención dañada, consistente en el hecho de apropiarse indebidamente de los fondos confiados a la guarda y manejo, distrayéndolos de su destino; y aquel elemento interno del delito, está constituido precisamente por el ánimo que guía el apoderamiento, para fines o usos personales, pues no puede concebirse un hecho delictuoso, sin la ejecución de actos que obedezcan a una voluntad dañada o designio antijurídico.
Precedentes
Amparo penal directo 7175/38. Ballesteros Emiliano. 30 de agosto de 1939. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Caballero. Disidente y relator: Alonso Aznar Mendoza.