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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309813
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3798
SINDICATOS, FRAUDE DE LOS REPRESENTANTES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3798
Si con motivo de reclamaciones formuladas por una sección de un sindicato, en contra del patrono, los representantes de los obreros celebran una transacción y reciben una suma de dinero que deberían distribuir en la forma que lo creyera conveniente el sindicato; y los obreros que pretenden tener derecho a recibir parte de dicha suma, no presentan en la averiguación criminal abierta por el delito de fraude en contra de uno de los representantes del sindicato, pruebas del derecho que dicen tener sobre la cantidad de que se trata, debe tenerse en cuenta que la intervención del representante acusado tanto en el acuerdo de transacción, como en la recepción de la suma, fue con el carácter de integrante de la representación sindical, y, por tanto, como mandatario del sindicato y no de determinados trabajadores; y no existe elemento para acreditar que se otorgó poder especial y personal, ni que ese poder hubiera sido obtenido mediante artificios o engaños inducidos en error a los trabajadores acusadores; ni tampoco se ha demostrado el elemento engaño o error, sino solamente que los querellantes no han recibido la cantidad que creían tener derecho a esperar; en consecuencia, no está justificado el delito de fraude a que se contrae la fracción I del artículo 97 del Código Penal del Estado de Veracruz; y el auto de formal prisión dictado en tales condiciones, es violatorio del artículo 19 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2848/39. Cárdenas H. Rómulo. 30 de agosto de 1939. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.