Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/309815
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309815
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3865
AUTO DE FORMAL PRISION, EN EL PUEDEN ESTUDIARSE LAS EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 3865
Una excluyente de responsabilidad puede hacerse valer en cualquier estado del proceso, inclusive dentro del término legal señalado para resolver sobre la formal prisión del acusado; pero para que la eximente surta sus efectos jurídicos se requiere que se hayan practicado todas y cada una de las diligencias pertinentes, en el proceso, pues solamente en tales condiciones puede el sentenciador valorar todas las pruebas aportadas y concluir si se acreditó, o no, la eximente alegada; y cuando hay datos suficientes para dictar la formal prisión, la concesión de la protección federal tiene el alcance de poner en libertad al quejoso, por falta de méritos, con las reservas de ley. Ahora bien, si en el proceso existen datos que constituyen indicios graves que parecen destruir de un modo completo la eximente alegada, o que si no la desvirtúan, al menos, pueden influir en la estimación del grado de la defensa, o del miedo legítimos que hace valer el acusado, no se está en el caso de dictar un auto de libertad, sino el auto motivado de formal prisión, a efecto de que todas las circunstancias dichas, ya esclarecidas o desvirtuadas, puedan estimarse conjuntamente, con las demás pruebas que durante el procedimiento puedan aportarse, en la sentencia definitiva que se dicte; pero necesariamente sujeto, el quejoso, a la formal prisión, en virtud de la probable responsabilidad que resulte del hecho delictuoso del homicidio.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4059/39. Rosas Valentín. 31 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.