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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309827
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4127
EXTRADICION DE ESTADO A ESTADO, AUTORIDADES EJECUTORAS TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4127
Si se reclama en amparo la orden de aprehensión librada por un Juez en contra del quejoso, obsequiando el exhorto que le fue dirigido por un Juez de otro Estado, debe estudiarse en el amparo si dicho libramiento se ajusta a las prevenciones del artículo 16 constitucional, en concordancia con el 119 de la ley reglamentaria de éste último precepto, por haberse expedido dicho mandamiento de parte de la responsable, obsequiando el exhorto que se le libro.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3781/39. Zamora Justiniano. 6 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Chávez S. La publicación no menciona el nombre del ponente.