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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4853
ARMA DE FUEGO, DISPARO DE, CUANDO VA ACOMPAÑADO DE OTRO DELITO
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 4853
Si el delito de disparo de arma de fuego previsto y penado por el Código Penal vigente en el Distrito Federal, va acompañado de lesiones, no existe razón para dejar impune el delito de disparo de arma de fuego, que se sanciona en razón de la potencialidad dañosa que demuestra el agente, con abstracción del daño resultante, que, a su vez, puede integrar otro delito autónomo. La única excepción que ha establecido la Suprema Corte en su jurisprudencia, es para aquellos casos en que ocasiona la muerte, pues entonces ese delito se castiga con abstracción del disparo.
Precedentes
Amparo penal directo 5765/39. Estévez Granados Angel. 23 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.