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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309903
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 567
HOMICIDIO, RESPONSABLE INDIRECTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 567
Si se acredita que una persona causó materialmente la muerte de otra; que a la primera lo acompañaba el autor de sus días; que con anterioridad la tercera de aquellas personas tuvo disgustos con el occiso; que después se armó de una pistola, que antes no usaba, y en unión de su hijo, también armado, al encontrar al occiso; padre e hijo sacaron sus pistolas y el segundo disparó consumando el homicidio, es indudable que su padre no es ajeno a esos acontecimientos y tiene que presumirse su responsabilidad, en el grado que le corresponda, para el efecto de dictar el auto de formal prisión; grado que deberá establecerse en la sentencia definitiva; y existiendo datos bastantes para hacer presumir su responsabilidad, el auto de formal prisión dictado en tales condiciones, no es violatorio del artículo 19 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9087/38. Miravete Zavaleta Pascual Francisco. 19 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.