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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1277
VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1277
No es verdad que para que existe la calificativa de ventaja, sea indispensable la reflexión del agente sobre la situación de inferioridad en que se encuentra la víctima; la reflexión integra la premeditación pero no la ventaja; ésta requiere, para su existencia, el simple hecho de la superioridad del ofensor sobre la víctima, ya en razón de la fuerza física, de las armas empleadas o del simple conocimiento que el delincuente tenga de esa superioridad.
Precedentes
Amparo penal directo 9003/38. Noble Gómez Guillermo. 10 de mayo de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.