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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309926
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1400
ABANDONO DE HOGAR, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MORELOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LX; Pág. 1400
Uno de los elementos que integran el delito previsto en el artículo 388 del Código Penal vigente en el Estado de Morelos, consiste en que el abandono lo haya verificado el acusado, sin dejar recursos al cónyuge desamparado, para atender a sus necesidades de subsistencia. En los delitos de esa naturaleza, es menester probar no sólo el abandono material en que incurra el responsable, sino la auténtica situación de desamparo en que deja a sus familiares, en tal forma, que no puedan proveer a su subsistencia. Ahora bien, no se comprueba el cuerpo del delito, si la querellante se quedó en la casa de sus padres, viviendo a expensas de ellos.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1305/39. Estrada José del Refugio. 3 de junio de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente.