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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309960
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 89
CONDENA CONDICIONAL, PRUEBA DE LA BUENA CONDUCTA, TRATANDOSE DEL BENEFICIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 89
No basta para acreditar la buena conducta de un reo, para el efecto de concederle el beneficio de la condena condicional, la circunstancia de que no haya delinquido anteriormente puesto que el mal comportamiento no se traduce forzosamente en la comisión de delitos. La mejor justificación de este aserto, es que la propia ley sustantiva no les da significaciones equivalentes, requiriendo solamente que sea la primera vez que delinque, el reo, sino que, además, le exige que haya observado buena conducta.
Precedentes
Amparo penal directo 7367/38. Partida Hernández Francisco. 7 de enero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.