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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 309967
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 204
TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, SUSPENSION TRATANDOSE DE SENTENCIAS DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 204
Si el amparo se endereza contra la sentencia que dictó una Sala del Tribunal de la Federación, absolviendo a la Tesorería de la Federación, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y al Jefe de una Oficina Federal de Hacienda, del juicio promovido por el quejoso, la suspensión debe negarse, puesto que las resoluciones del Tribunal Fiscal, en lo general, son declarativas y no tienen ejecución, porque si se va a efectuar el cobro del impuesto con el cual está inconforme el quejoso, no será en virtud de ningún mandamiento del Tribunal Fiscal de la Federación, que al declarar legal el procedimiento administrativo, deja en libertad a las autoridades correspondientes, para que ejecuten actos de su competencia, y estas autoridades, no han sido designadas como responsables.
Precedentes
Tomo LIX, página 3890. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 5701/38. Castellanos viuda de Zapata Mercedes. 27 de enero de 1939. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rodolfo Chávez S. Ponente: Luis G. Caballero.
Tomo LIX, página 204. Amparo administrativo. Revisión del Incidente de Suspensión 6270/38. "Residuos de Henequén", S. de R. L. 11 de enero de 1939. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.