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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310020
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1391
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 1391
La Suprema Corte de Justicia ha establecido que, a falta de precepto expreso en las legislaciones respectivas, sobre la falta que tienen los Jueces para mandar asegurar el objeto del delito, ese aseguramiento puede llevarse a cabo sin necesidad de juicio previo, cuando se encuentra en poder del mismo acusado, o de algún causahabiente suyo, que puede ser considerado como inodado en la ejecución de los actos criminales; pero cuando se encuentra en poder de un tercero de buena fe, es necesario vencer a dicho poseedor. La anterior tesis es aplicable al caso en que se impute al acusado el delito de fraude, consistente en haber vendido un terreno a diversas personas y en que la autoridad judicial, por vía de aseguramiento del objeto del delito, prohibe al actual poseedor del terreno, que disponga de las cosechas del mismo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6387/38. Mitra Alfonso. 8 de febrero de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.