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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310051
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2099
COACUSADO, VALOR DEL DICHO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2099
Merecen fe los dichos de los coacusados, cuando declaran sin pretender eximirse de la responsabilidad que les corresponde, señalando a alguno de ellos, como autor moral o intelectual del delito; como sucede, si los autores materiales del delito de homicidio, señalan a un tercero como la persona que les ordenó la realización de los hechos delictuosos que ellos llevaron a cabo, si la verosimilitud de esa imputación no se encuentra contradicha de ninguna manera.
Precedentes
Amparo penal directo 7125/38. Jacobo Librado. 24 de febrero de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.