Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/310066
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
310066
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2911

ACUSADOR O DENUNCIANTE, NO PUEDE INTERPONER AMPARO CONTRA LA SENTENCIA QUE ABSUELVE EL PAGO DE LA REPARACION DEL DAÑO.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2911

Precedentes

Amparo penal directo 5977/38. Martínez Granados José. 16 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 310066