Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/310082
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2746
AUTO DE FORMAL PRISION, POR LESIONES, CESA EL EFECTO DEL, SI SE MOTIVA PRISION POR HOMICIDIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIX; Pág. 2746
Si se reclama en amparo el auto de formal prisión dictado en contra del quejoso, por el delito de lesiones, y se comprueba que con posterioridad se dictó auto de formal prisión por el delito de homicidio en el mismo proceso, cesaron los efectos que pudo haber producido el primer auto de formal prisión, pues los elementos constitutivos del delito de lesiones y del de homicidio, son diferentes; y debe sobreseerse el amparo, de acuerdo con la fracción XVI del artículo 73, en relación con la parte final de la fracción IV del artículo 74 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9151/38. García Herrera Alfredo. 11 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.