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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 353
DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 353
La facultad para practicar diligencias para mejor proveer, en materia penal, queda al arbitrio de la autoridad, en los términos del artículo 426 del Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal; sin que el hecho de no obsequiar las pretensiones del quejoso, a este respecto, puede entrañar una violación a dicho precepto.
Precedentes
Amparo penal directo 3995/38. González Covarrubias Lauro. 8 de octubre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente