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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310121
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 492
CONDENA CONDICIONAL, EN CASO DE LENOCINIO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 492
Si el acusado es condenado por el delito de lenocinio, por la misma naturaleza de ese delito se viene en conocimiento de que no tiene modo honesto de vivir, lo cual es uno de los requisitos exigidos en el inciso c) de la fracción I del artículo 90 del Código Penal, para conceder el beneficio de la condena condicional, a pesar de que dos testigos hayan declarado que conocían al acusado como hombre honrado y trabajador.
Precedentes
Amparo penal directo 5732/38. Ibarra Hernández Leopoldo. 13 de octubre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.