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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310141
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 929
PARENTESCO, COMPROBACION DEL, EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 929
No es preciso, en materia de parentesco, aplicar estrictamente las reglas del derecho civil, pues para los fines de la ley represiva, basta que se obtenga la demostración del parentesco, por cualquiera de los medios de prueba que el enjuiciamiento penal autoriza, y existiendo la confesión del acusado de estupro, sobre el parentesco del acusador con la ofendida, debe tenerse por justificado el propio parentesco.
Precedentes
Amparo penal directo 5498/38. Gómez Herrera Justino. 20 de octubre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.