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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
310164
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1603

DEFICIENCIA DE LOS AGRAVIOS EN SEGUNDA INSTANCIA, EN MATERIA PENAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1603

Precedentes

Tomo LVIII, página 3420. Indice Alfabético. Amparo en revisión 6312/38. Gómez Enrique. 26 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LVIII, página 1603. Amparo penal directo 5899/38. Sarabia Guadalupe. 9 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez.
Registro digital (IUS): 310164