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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310170
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1832
VENTAJA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1832
La calificativa de ventaja sólo debe tomarse en consideración cuando el que la usa, se percata en forma perfecta de que su víctima está indefensa verificando el ataque a sabiendas de que no corre riesgo alguno de ser muerto o herido por su contrario y, en consecuencia, no está comprobada, si de la instrucción procesal aparece que la víctima se encontraba armada y hasta alcanzó a hacer un disparo, el que posiblemente no hizo blanco, por la gravedad de las lesiones que le causó su contrario.
Precedentes
Amparo penal directo 3694/38. Perera Rosendo. 12 de noviembre de 1938. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Caballero y Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.