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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310182
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2060
FRAUDE, COMPROBACION DE CUERPO DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 2060
La confesión del acusado es suficiente para tener por comprobado el cuerpo del delito de fraude, así como su responsabilidad penal; y aun cuando no constituya prueba perfecta, sí es un fuerte indicio que unido al dicho del acusador y el de que un testigo, forma prueba presuntiva y completa, y la sentencia condenatoria que se pronuncie en tales condiciones, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo 5734/38. García Castrejón Manuel. 17 de noviembre de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.