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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310252
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 393
HOMICIDIO, IDENTIFICACION DEL CADAVER (LEGISLACION DEL ESTADO DE DURANGO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 393
El artículo 485 del Código de Procedimientos Penales vigente del Estado de Durango, manda que antes de proceder a la autopsia del cadáver, se describa exactamente y con toda minuciosidad, comprobando su identidad por medio de testigos, que hayan conocido al occiso, y ese artículo no contiene la exigencia de que los testigos depongan a la vista del cadáver, pues para todos los fines, basta que lo hayan visto y señalen la persona física a quien correspondió en vida.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1543/38. Montelongo Juan. 14 de julio de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.