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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310258
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 628
MEDICINA, PROHIBICION DE EJERCER LA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 628
No puede decirse que la prohibición impuesta a una persona, para que ejerza la medicina en el Puerto de Veracruz, constituye una pena de las comprendidas en el Código Penal, cuya aplicación únicamente corresponde a las autoridades judiciales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 660/26. Díaz Núñez Eladio. 21 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Aguirre Garza.