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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
310296
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1519

ACUSADOR O DENUNCIANTE, NO PUEDE PEDIR AMPARO CONTRA LAS RESOLUCIONES RELATIVAS A LA REPARACION DEL DAÑO.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1519

Precedentes

Amparo penal directo 366/35. Garzón Hoyo Alberto. 13 de agosto de 1938. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rodolfo Chávez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 310296