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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310306
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1684
DELITO, ENTREGA DE LOS OBJETOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 1684
El hecho de que las autoridades, cumplimentando las órdenes superiores, hayan hecho entrega a tercero de la cosa objeto del delito, no es motivo para considerar el acto como irreparable consumado, puesto que la concesión del amparo tiene por efecto que vuelvan las cosas al estado que guardaban antes de la violación de garantías, sin que obste en contrario que el que recibió la cosa, haya dispuesto de ella.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4181/38. Compañía Minera de Maguarichic, S. A. 18 de agosto de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.