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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310332
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2485
COACUSADO, VALOR DE LA DECLARACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2485
Debe aceptarse como testigo de cargo la declaración del coacusado, cuando las circunstancias de la causa neutralizan los motivos de sospecha que generalmente se levanten contra esa clase de declaraciones, o sea, cuando con ella se pretende imputar a otro, la responsabilidad de la acción criminal y librarse de las sanciones que por sus propios actos le deben ser impuestas.
Precedentes
Amparo penal directo 4630/38. Hernández Paredes Rafael. 7 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.