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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310353
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2906
ROBO DE PRODUCTOS DE PLANTAS, DELITO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 2906
Los productos de las plantas, desde el momento de su recolección, dejan de formar parte de aquélla, que son consideradas por ley como inmueble y deben considerarse como objetos esencialmente muebles. Consiguientemente, si al acusado se le imputa el haber raspado unos magueyes y obtenido por ese procedimiento, su producto, es indudable que se apoderó de cosa mueble y pudo cometer el delito de robo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7614/37. Rojas J. Guadalupe. 21 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.