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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310365
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3181
TESTIGOS, TACHA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVII; Pág. 3181
Conforme al artículo 302 del Código Federal de Procedimientos Civiles, para que proceda la tacha que prevé ese precepto legal, es necesario que el testigo viva precisamente en la época en que se le presentó, a expensas o sueldo del interesado, y el haber sido dependiente del actor en otra época, y haber vivido antes a sus expensas o sueldo, no constituye motivo legal de tacha.
Precedentes
Queja en amparo civil 406/38. López Macario. 27 de septiembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.