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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
310455
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1121

PENAS TRASCENDENTALES, QUE SE ENTIENDE POR.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 1121

Precedentes

Amparo penal directo 633/38. Ramírez Romero Salvador. 4 de mayo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia 1a/J. 29/2002, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo XV, mayo de 2002, página 17, de rubro "PENAS TRASCENDENTALES. CONCEPTO DE ELLAS.".
Registro digital (IUS): 310455