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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310500
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2405
ALEVOSIA, CALIFICATIVA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 2405
Para que exista la alevosía, tratándose de lesiones o de homicidio, se requiere que el agente busque una situación para sorprender de improviso a su víctima, no dándole lugar a defenderse; y según expresan los tratadistas, la alevosía puede considerarse como el grado máximo de la ventaja; y se comprueba dicha calificativa, si el matador, en su carácter de policía, al conducir a su presunta víctima, en unión de otro policía, se aprovechó de esa situación para causarle la muerte inopinadamente y a sabiendas de que iba desarmado, y bajo la salvaguardia de los agentes de la autoridad, de quienes lógicamente imaginaba el occiso, tener garantías.
Precedentes
Amparo penal directo 2404/38. Reyes Ruiz Julián. 30 de junio de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.