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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310537
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 535
DELITO, CLASIFICACION TECNICA DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 535
La clasificación técnica del hecho delictuoso puede hacerse por el Juez de los autos, al resolver sobre la situación jurídica en que debe quedar el acusado, dentro del término constitucional de su detención y, por tanto, si la acusación se formula por el delito de violación, el Juez está facultado para dictar el auto de formal prisión por el delito de estupro, si aparece que éste fue el delito cometido.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6604/37. Conde Bello Esteban. 20 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.