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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 595
IMPRUDENCIA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 595
La circunstancia de que el conductor de un vehículo haya estado ingiriendo bebidas embriagantes, seguramente restringió en forma sensible sus facultades para manejar el vehículo y esa circunstancia; por sí sola, es bastante para que un conductor prudente se abstenga de guiar, y si el carruaje carecía de las luces reglamentarias, y caminaba a gran velocidad, todas estas circunstancias ponen de manifiesto que el accidente que causó daños, tuvo como causa única y determinante la imprevisión del conductor.
Precedentes
Amparo penal directo 831/37. Chávez Carranza José. 20 de enero de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.