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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310563
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1423
ROBO EN CASA HABITADA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUERRERO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1423
Tratándose del delito de robo cometido en edificio, vivienda, aposento o cuarto habitado o destinado para habitación, la legislación del Estado de Guerrero establece como sanción una simple calificativa del delito, en vez de establecer que existen dos delitos distintos: el de robo y el de allanamiento de morada, pero sin desconocer la gravedad de esta última infracción, ya que supone que el sujeto, al invadir el recinto o la habitación, lo hace por medio de la violencia o por procedimiento furtivo y en uno y otro casos, la consumación del atentado supone que el agente del delito no tiene libre acceso al local que invade; pero si lo tiene, el robo de calificarse como simple.
Precedentes
Amparo penal directo 8387/36. Aroche Rosalino. 10 de febrero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.