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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310580
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1590
DECLARACION DE LA VICTIMA, FUERZA PROBATORIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1590
La declaración de la víctima, lejos de carecer de valor probatorio, es de suma importancia y merece crédito, en tanto se limita a designar al presunto delincuente, ya que un impulso o sentimiento instintivo inclina al hombre a designar, para su castigo, a quien le origina algún daño o le causa a sus allegados, y, según sostiene algún tratadista, la parte ofendida puede ser creída, cuando no puede reportar ventaja alguna de que se condene precisamente al acusado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6193/37. Huerta Felipe. 17 de febrero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.