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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310593
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1859
ROBO, NO COMETE ESE DELITO EL DEPOSITARIO QUE DISPONE DE LOS FRUTOS DE LOS OBJETOS DEPOSITADOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1859
Si se imputa al acusado haber dispuesto de los productos de un inmueble, del cual fue nombrado depositario, esos hechos constituirán el delito de abuso de confianza, ya que tenía la posesión del inmueble con el carácter de depositario, y, por consiguiente, no pudo haberse apoderado materialmente de aquéllos, de manera indebida, sin consentimiento del legítimo propietario del inmueble; elementos que son los que constituyen el delito de robo y, por tanto, es violatorio de garantías el auto de formal prisión que por el propio delito se dicta en contra del acusado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7027/37. Piedras Rodolfo. 25 de febrero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.