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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310596
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1907
FIADOR, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA ORDEN PARA QUE PRESENTE A SU FIADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 1907
Si el acto reclamado es la orden para que el fiador presente a su fiado, al Juez del proceso, la suspensión debe negarse, puesto que de concederse, se entorpecería el esclarecimiento de los hechos delictuosos que se investigan, ya que es necesaria la presentación del reo y se causarían perjuicios a la sociedad, la cual está interesada en la averiguación de los delitos y en el castigo de los culpables.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 7517/37. Cruz J. Ranulfo. 26 de febrero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.