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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310628
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2981
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES, AGRAVANTES Y CALIFICATIVAS, APRECIACION DE LAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 2981
El artículo 345 del Código de Procedimientos Penales del Estado de San Luis Potosí, dispone que cuando exista duda sobre las circunstancias que modifiquen en cualquier forma la responsabilidad penal, debe estarse a lo más favorable para el reo, como tratándose de las agravantes o calificativas y aquellas que en alguna forma modifican la responsabilidad penal; pero lo dispuesto en este artículo no quiere decir que se debe sustituir un precepto legal por otro que establezca una pena mas benévola.
Precedentes
Amparo penal directo 8409/37. Moreno Rito. 24 de marzo de 1938. Mayoría de tres votos. Ausente: Rodolfo Chávez.