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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 125
FUNCIONARIOS O EMPLEADOS FEDERALES, COMPETENCIA CON MOTIVO DE DELITOS COMETIDOS EN CONTRA DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 125
El artículo 41, fracción I, inciso g), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación considera como delitos del orden federal, los cometidos en contra de un funcionario o empleado federal, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas; disposición que es aplicable al caso en que un agente de la Policía Federal de Caminos, yendo en una motocicleta, propiedad de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, y en ejercicio de sus funciones, choca con un vehículo y recibe lesiones y la motocicleta sufre daños, y el conocimiento del proceso respectivo corresponde a las autoridades federales; tanto más, cuanto que tratándose de daños en bienes de la Federación es aplicable, el citado artículo 41, en su fracción I, inciso g).
Precedentes
Competencia 78/37. Suscitada entre el Juzgado de Distrito en el Estado de Morelos y el Juzgado de lo Penal del Primer Distrito Judicial de dicho Estado. 4 de octubre de 1937. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.