Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/310655
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 280
AUTO DE FORMAL PRISION, VALOR DEL DICHO DEL OFENDIDO TRATANDOSE DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 280
El dicho del ofendido debe suponerse parcial y, por consiguiente, no es suficiente para fundar un auto de formal prisión.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4660/37. Pérez J. Merced. 7 de octubre de 1937. Mayoría de tres votos. Disidente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.