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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 310732
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1778
IMPRUDENCIA, DELITO COMETIDO POR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 1778
Si una persona trata de cruzar corriendo una calle a corta distancia de un vehículo en marcha y el conductor de aquél, para evitar el atropellar a esa persona desvía y lesiona a otro individuo que pretendió salvar al primero, es inconcuso que el conductor del vehículo ejecutó un hecho lícito en sí, con las precauciones debidas y que no puede atribuírsele falta de reflexión, de pericia o de cuidado, y el auto de forma prisión dictado por delito de imprudencia, en tales condiciones, es violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4897/37. Hernández Vázquez Manuel. 13 de noviembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.